No, una vez autorizado para emitir facturas electrónicas, ya no será necesario utilizar la solución fiscal ni informar a la DGII que dejará de utilizarla. Sin embargo, deberá remitir el Libro de Ventas correspondiente a las operaciones realizadas mediante la Solución Fiscal hasta el último período en que estuvo obligado a utilizarla.
Solución oficial
SPB .
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hace 2 meses
No, una vez autorizado para emitir facturas electrónicas, ya no será necesario utilizar la solución fiscal ni informar a la DGII que dejará de utilizarla. Sin embargo, deberá remitir el Libro de Ventas correspondiente a las operaciones realizadas mediante la Solución Fiscal hasta el último período en que estuvo obligado a utilizarla.
Base Legal: Ley 32-23, Art. 16, párrafo II.
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