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CA5198 Si soy Proveedor de Servicios de Facturación Electrónica ¿Bajo cuáles modelos operativos puedo ofrecer mis servicios?
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Solución oficial
OTM .
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hace 1 mes
Los Proveedor de Servicios de Facturación Electrónica podrán aplicar los siguientes modelos operativos:
• Desarrollo y venta de sistemas de facturación: con el desarrollo del sistema, el uso de los certificados digitales y las firmas es responsabilidad del propietario del certificado que adquiere el software.
• Arrendamiento de sistemas de facturación: con el arrendamiento del sistema, el uso y la custodia de los certificados digitales y las firmas es responsabilidad del mismo proveedor.
Importante:
• Aquellos proveedores que ofrezcan su software com servicio deben cumplir con uno de los siguientes requisitos cuando custodien y/ manipulen los certificados digitales para el uso en procedimientos tributarios, según aplique:
a) Poseer una interconexión con una Entidad de Certificación autorizada por el INDOTEL y presentar ante la DGII la documentación contractual que demuestra que el uso de los certificados digitales y la firma de los Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF) se realizan en la infraestructura de la Entidad de Certificación autorizada por el INDOTEL.
b) Poseer una autorización vigente de INDOTEL para la prestación del servicio de Confianza denominado Gestión De Datos De Creación De Firmas en Nombre De Firmante.
Nota: La DGII podrá establecer otros modelos operativos aplicables a los Proveedores de Servicios de Facturación Electrónica, atendiendo al surgimiento de nuevos modelos de negocio.
Base legal: Reglamento 587-24, Art. 22.
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