El procedimiento para solicitar el incentivo fiscal por implementación de la Facturación Electrónica se estará estableciendo una vez promulgado el Reglamento de aplicación de la Ley de Facturación Electrónica, el cual se encuentra en elaboración.
Importante:
El reglamento de aplicación de la Ley de Facturación Electrónica será elaborado por el Poder Ejecutivo en un plazo de 60 días a partir de la entrada en vigencia de la ley (16 de mayo de 2023).
Para la aplicación de este crédito, el contribuyente debe cumplir con las siguientes condiciones:
Tener el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) actualizado.
Estar registrado como contribuyente con obligaciones tributarias a su cargo.
Estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y deberes formales.
Haber implementado el Sistema de Facturación Electrónica en periodo de voluntariedad, exceptuando aquellos que fueron autorizados mediante el facturador gratuito.
No encontrarse acogido a regímenes especiales de tributación con exención de impuestos.
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos DGII
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hace 11 meses
El procedimiento para solicitar el incentivo fiscal por implementación de la Facturación Electrónica se estará estableciendo una vez promulgado el Reglamento de aplicación de la Ley de Facturación Electrónica, el cual se encuentra en elaboración.
Importante:
El reglamento de aplicación de la Ley de Facturación Electrónica será elaborado por el Poder Ejecutivo en un plazo de 60 días a partir de la entrada en vigencia de la ley (16 de mayo de 2023).
Para la aplicación de este crédito, el contribuyente debe cumplir con las siguientes condiciones:
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