Las irregularidades notificadas mediante un e-CF en estatus aceptado condicional deben ser corregidas dentro de los quince (15) días posteriores a la notificación. En caso de que el emisor no pueda subsanar las irregularidades en este plazo, puede
solicitar una ampliación de este.
Importante:
El estatus Aceptado Condicional hace referencia a la respuesta de la DGII, a través de la cual advierte al emisor electrónico que, aunque el documento tiene validez para fines tributarios porque ha sido aceptado, existe una irregularidad que no amerita el rechazo, pero que debe observarla y corregirla para la emisión de futuros comprobantes.
Base legal: Norma General 01-2020, Art.3, literal b.
Solución oficial
OTM .
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