CA4914 ¿Cómo deben facturar electrónicamente los contribuyentes que se
encuentran autorizados a emitir Comprobantes de Registro Único de Ingreso (B12)?
Los contribuyentes que se encuentren autorizados por la DGII a emitir Comprobantes de Registro Único de Ingresos (RUI), continuarán sustentando sus operaciones haciendo uso de este NCF de manera tradicional (serie B) durante el periodo de voluntariedad. Culminado este plazo, deberán amparar sus operaciones mediante la emisión de Facturas de Consumo Electrónicas (E32).
Solución oficial
OTM .
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hace 1 mes
Los contribuyentes que se encuentren autorizados por la DGII a emitir Comprobantes de Registro Único de Ingresos (RUI), continuarán sustentando sus operaciones haciendo uso de este NCF de manera tradicional (serie B) durante el periodo de voluntariedad. Culminado este plazo, deberán amparar sus operaciones mediante la emisión de Facturas de Consumo Electrónicas (E32).
Base legal: Reglamento 587-24, Art. 38.
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