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martes, 23 de abril de 2024 15:08

Cerrado

CA4901 ¿Puedo solicitar la extensión del plazo para implementar facturación electrónica?

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Solución oficial

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hace 1 año


Sí, pueden solicitar una extensión del plazo para implementar facturación electrónica, depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central, los siguientes documentos:
 
  1. Carta de solicitud firmada (en el caso de personas jurídicas debe estar timbrada y sellada), que contenga el motivo de la prórroga, el plazo requerido y los avances realizados.
  2. Cronograma de trabajo que sustente el tiempo que se empleará en el proceso de implementación de Facturación Electrónica.

Tiempo de respuesta: 05 días laborables.

Quiénes pueden solicitar: contribuyentes obligados a implementar FE.

Cuándo solicitar: por lo menos quince (15) días calendario antes del vencimiento de la fecha límite dispuesta en la ley.

Costo: N/A.

Importante:

  • Debe estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

  • La prórroga por otorgar será de carácter único y no podrá sobrepasar el plazo de seis meses (6) meses contados a partir del vencimiento del plazo establecido en el calendario de implementación, misma que será otorgada basado en el perfil de riesgo del contribuyente.
  • No se otorgará prórroga a contribuyentes que no hayan iniciado su procedimiento de implementación y que no hayan demostrado la causa ajena o extraordinaria que le obliga a extenderse.

  • Aquellos contribuyentes que no hayan completado el proceso de certificación para ser emisores electrónicos dentro del plazo de implementación otorgado en la Ley 32-23 o finalizado el plazo de prórroga otorgada, serán susceptibles de la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 27, 28 y 29 de la referida ley.

Base Legal: Ley 32-23, Art. 37, párrafo II; Reglamento 587-24, Arts. 8 y 9.

(Editado)