Sí, el contribuyente emisor electrónico podrá facturar con la serie E y B al mismo tiempo. Para facturar con la serie B deberá continuar con la metodología habitual utilizada por la empresa antes del uso de dicha herramienta, siempre y cuando se esté en etapa de voluntariedad respecto a la Facturación Electrónica.
Importante:
Los contribuyentes que hayan implementado conforme el calendario establecido podrán emitir comprobantes fiscales ordinarios (serie B) sólo en caso de presentar algún evento que no les permita facturar mediante serie E.
Aplica independientemente sea facturador gratuito o no.
Solución oficial
MAMF
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hace 3 años
Sí, el contribuyente emisor electrónico podrá facturar con la serie E y B al mismo tiempo. Para facturar con la serie B deberá continuar con la metodología habitual utilizada por la empresa antes del uso de dicha herramienta, siempre y cuando se esté en etapa de voluntariedad respecto a la Facturación Electrónica.
Importante:
Los contribuyentes que hayan implementado conforme el calendario establecido podrán emitir comprobantes fiscales ordinarios (serie B) sólo en caso de presentar algún evento que no les permita facturar mediante serie E.
Aplica independientemente sea facturador gratuito o no.
Base Legal: Ley 32-23.
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