La DGII puede rechazar un e-CF por las siguientes razones:
1. Cuando el RNC del emisor figure suspendido. 2. Cuando contenga errores de confección electrónica que impidan su lectura o análisis. 3. Cuando el certificado digital sea inválido o no se encuentre vigente. 4. Cuando se trate de Números de Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-NCF) no autorizados. 5. Cuando se trate de Números de Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-NCF) anulados o ya usados por el contribuyente. 6. Cuando no cumpla con las validaciones obligatorias del Formato de Comprobante Fiscal Electrónico. 7. Cuando la firma digital no sea válida porque el contenido del e-CF fue alterado luego de firmado. 8. Por cualquier otra causa legal o que por vía normativa pueda disponerse.
Importante:
• Cuando al contribuyente se le rechacen los e-CF por las causas citadas en los numerales 1 al 4, puede reutilizar o anular el Número de Comprobante Fiscal Electrónico (e- NCF) del e-CF, una vez subsanada la situación.
• Los e-CF rechazados por la DGII no podrán ser utilizados para fines fiscales por otro contribuyente.
Base legal: Reglamento 587-24, Art. 17, párrafo I, II y III.
Solución oficial
OTM .
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hace 1 mes
1. Cuando el RNC del emisor figure suspendido.
2. Cuando contenga errores de confección electrónica que impidan su lectura o análisis.
3. Cuando el certificado digital sea inválido o no se encuentre vigente.
4. Cuando se trate de Números de Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-NCF) no autorizados.
5. Cuando se trate de Números de Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-NCF) anulados o ya usados por el contribuyente.
6. Cuando no cumpla con las validaciones obligatorias del Formato de Comprobante Fiscal Electrónico.
7. Cuando la firma digital no sea válida porque el contenido del e-CF fue alterado luego de firmado.
8. Por cualquier otra causa legal o que por vía normativa pueda disponerse.
• Cuando al contribuyente se le rechacen los e-CF por las causas citadas en los numerales 1 al 4, puede reutilizar o anular el Número de Comprobante Fiscal Electrónico (e- NCF) del e-CF, una vez subsanada la situación.
• Los e-CF rechazados por la DGII no podrán ser utilizados para fines fiscales por otro contribuyente.
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