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martes, 14 de enero de 2025

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CA4404 ¿Por cuáles razones la DGII puede rechazar un e-CF?

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Solución oficial

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hace 6 meses

La DGII puede rechazar un e-CF por las siguientes razones:
  1. Cuando el RNC del emisor esté suspendido.
  2. Cuando contenga errores de confección electrónica que impidan su lectura o análisis.
  3. Cuando el certificado digital sea inválido o no se encuentre vigente.
  4. Cuando se trate de Números de Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-NCF) no autorizados.
  5. Cuando la la fecha de vencimiento colocada en el Número de Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF) no coincide con la fecha de vencimiento de la secuencia autorizada.
  6. Cuando se trate de Números de Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-NCF) anulados o ya usados por el contribuyente.
  7. Cuando no cumpla con las validaciones obligatorias del Formato de Comprobante Fiscal Electrónico.
  8. Cuando la firma digital no sea válida porque el contenido del e-CF fue alterado luego de firmado.
  9. Por cualquier otra causa legal o que por vía normativa pueda disponerse.
 
Importante:
  • Cuando al contribuyente se le rechacen los e-CF por las causas citadas en los numerales 1 al 5, puede reutilizar o anular el Número de Comprobante Fiscal Electrónico (e- NCF) del e-CF, una vez subsanada la situación.

  • Los e-CF rechazados por la DGII no podrán ser utilizados para fines fiscales por otro contribuyente.
Base legal: Reglamento 587-24, Art. 17, párrafo I, II y III.

(Editado)