Todos los contribuyentes, personas físicas y jurídicas, públicas o privadas y entes sin personalidad jurídica domiciliados en la República Dominicana que realicen operaciones de de transferencia de bienes, entrega en uso o prestación y locación de servicios a título oneroso o gratuito, conforme el calendario de implementación para la incorporación gradual a Facturación Electrónica.
Importante:
Las transacciones que en la actualidad no se encuentran sujetas a la emisión de comprobantes fiscales, no estarán sujetas a la emisión de e-cf.
Base Legal: Ley 32-23, Art. 2; Norma General 01-20, Art. 2.
Solución oficial
YS
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hace 4 años
Todos los contribuyentes, personas físicas y jurídicas, públicas o privadas y entes sin personalidad jurídica domiciliados en la República Dominicana que realicen operaciones de de transferencia de bienes, entrega en uso o prestación y locación de servicios a título oneroso o gratuito, conforme el calendario de implementación para la incorporación gradual a Facturación Electrónica.
Importante:
Las transacciones que en la actualidad no se encuentran sujetas a la emisión de comprobantes fiscales, no estarán sujetas a la emisión de e-cf.
Base Legal: Ley 32-23, Art. 2; Norma General 01-20, Art. 2.
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