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jueves, 23 de enero de 2020 16:24

Cerrado

CA4278¿Se debe seguir almacenando los comprobantes fiscales electrónicos como se hace con los comprobantes en papel?

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Solución oficial

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hace 5 años

Sí, el emisor electrónico deberá conservar los e-CF (los XML y todos los documentos relacionados a la operación) emitidos por un período no menos a diez (10) años y presentarlos o exhibirlos cuando así sea requerido por la DGII.


Importante:
Es un deber formal del contribuyente conservar los e-CF emitidos y recibidos, para sustentar los créditos fiscales y gastos y presentarlos o exhibirlos cuando estos sean requeridos por la DGII.
 
Base Legal: Ley 11-92, Art. 44, literal (f) y 50; ley 32-23, Art. 13; Norma General 01-2020, Art. 16;  Ley 32-23.

(Editado)