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jueves, 23 de enero de 2020 14:45

Cerrado

CA4258 En la facturación electrónica ¿Qué es la Aprobación o Rechazo Comercial?

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Solución oficial

686 Mensajes

hace 5 años

 

Es la respuesta que el receptor electrónico envía de manera opcional al emisor del e-CF, como constancia de su conformidad o no con el documento recibido, la cual puede ser de “Aceptación” o de “Rechazo”.
 
El receptor electrónico debe utilizar el formato XML de ‘Aprobación Comercial’. En caso de enviarla, deberá remitirla tanto al Emisor Electrónico como a la DGII.
 
Importante:
 
• Cuando un e-CF es rechazado comercialmente implica que no puede volver a utilizarse el Número de Comprobante Fiscal Electrónico (e-NCF). En este caso, el emisor debe generar una nota de crédito electrónica anulando la transacción e indicando el motivo.
 
• A partir de la aceptación o rechazo comercial de un e-CF no se permitirán cambios en dicha respuesta.
 
• El no envío de la Aprobación Comercial no tiene implicaciones, ya que su uso es opcional. En caso de enviarla, deberá remitirla tanto al Emisor Electrónico como a la DGII. De no enviarla, se considerará el e-CF aceptado cuando el receptor reporte el comprobante en el Formato de Envío de Costos y Gastos (Formato 606) o rechazado cuando lo omita.
 
• Luego que el receptor electrónico acuse recibo del e-CF al emisor electrónico, este indicará su conformidad mediante la Aprobación o Rechazo Comercial o remitirá el Formato de Envío de Costos y Gastos (606) a más tardar hasta la fecha límite de remisión de información establecida en la normativa vigente, es decir, al día 15 del mes siguiente a la fecha de facturación.


 
Base Legal: Norma 01-2020, Art. 3, literal (e); Reglamento 587-24,  Art. 3 y 17.

(Editado)