El Acuse de Recibo es la respuesta automática que indica que el e-CF fue recibido por el receptor electrónico. La recepción de este acuse no implica una respuesta positiva o negativa respecto de la transacción comercial por parte del receptor sino una revisión del cumplimiento del estándar mínimo de legibilidad dispuesto en la Ley 32-23.
Importante:
Mediante la emisión del formato de Acuse de Recibo, el receptor electrónico deberá enviar al emisor electrónico la constancia de recepción del e-CF.
Base Legal: Norma 01-2020, Art. 3, literal (d); Ley 32-23; Reglamento 587-24, Arts. 3 y 17, párrafo V.
Solución oficial
MAMF
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hace 5 años
El Acuse de Recibo es la respuesta automática que indica que el e-CF fue recibido por el receptor electrónico. La recepción de este acuse no implica una respuesta positiva o negativa respecto de la transacción comercial por parte del receptor sino una revisión del cumplimiento del estándar mínimo de legibilidad dispuesto en la Ley 32-23.
Importante:
Mediante la emisión del formato de Acuse de Recibo, el receptor electrónico deberá enviar al emisor electrónico la constancia de recepción del e-CF.
Base Legal: Norma 01-2020, Art. 3, literal (d); Ley 32-23; Reglamento 587-24, Arts. 3 y 17, párrafo V.
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