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viernes, 28 de agosto de 2020 22:05

Cerrado

CA 4418 ¿Qué debe hacer el Emisor Electrónico para enviar las informaciones correspondientes a Facturas de Consumo Electrónicas menores a DOP$250 mil a DGII?

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Solución oficial

hace 4 años

 
Debe utilizar el Formato de Resumen Factura de Consumo Electrónica. Este resumen debe ser remitido a DGII en formato XML  y debe contener las informaciones que posee una (1) de Factura de Consumo Electrónica con monto menor a DOP250 mil, conforme las especificaciones indicadas en el documento Formato de Resumen Factura de Consumo Electrónica, que se encuentra nuestra página web.
 
Para enviar estas informaciones debe utilizar el servicio Web Recepción de Resumen Factura de Consumo e-CF.

 
Consideraciones Importantes: 
 
1- Deben de enviar el Formato de Resumen Factura de Consumo -Electrónica, los emisores electrónicos que realicen operaciones de transferencia de bienes, entrega en uso o prestación de servicios con Facturas de Consumo Electrónicas menores a DOP250 mil.
 
 
2- La nomenclatura RFCE hace referencia a las siglas o etiqueta madre correspondiente al nombre del documento Formato de Resumen Factura de Consumo Electrónica.
 
 
3- A partir de junio 2018, las informaciones correspondientes a las Facturas de Consumo con monto menor de DOP250 mil, son recibidas en Impuestos Internos de manera resumida según lo establecido en las Normas Generales 07-2018 y 10-2018. 

Base Legal: 
Norma General 07-18, Art. 4, párrafo I y Art. 13 modificada por la Norma General 10-18