Para subsanar una solicitud de acogencia a la amnistía fiscal establecida en la Ley 30-26, tiene un plazo de treinta (30) días laborables, contados a partir de la notificación del requerimiento.
Importante:
Cuando la subsanación se efectúe dentro de los treinta (30) días laborables establecidos, se mantendrá la fecha de la solicitud original, siempre que esta haya sido presentada dentro del plazo legal.
Base Legal: Norma General 04-26, Art. 3, Párrafo II.
Solución oficial
APC .
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Para subsanar una solicitud de acogencia a la amnistía fiscal establecida en la Ley 30-26, tiene un plazo de treinta (30) días laborables, contados a partir de la notificación del requerimiento.
Importante:
Cuando la subsanación se efectúe dentro de los treinta (30) días laborables establecidos, se mantendrá la fecha de la solicitud original, siempre que esta haya sido presentada dentro del plazo legal.
Base Legal: Norma General 04-26, Art. 3, Párrafo II.
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