La amnistía fiscal establecida en la Ley 30-26 consiste en un régimen especial que permite a los contribuyentes regularizar sus obligaciones tributarias mediante el pago de los impuestos adeudados, más hasta un año de recargos moratorios e intereses indemnizatorios determinados.
Las facilidades otorgadas a quienes se acojan son las siguientes:
Deudas determinadas y se encuentren bajo conocimiento de recurso en sede administrativa o judicial: el contribuyente solo deberá pagar el impuesto adeudado y hasta un año de interés indemnizatorio. En estos casos el contribuyente debe desistir de manera expresa y sin reservas.
Deudas ordinarias y otras deudas que no estén bajo recurso en sede administrativa o judicial: el contribuyente solo deberá pagar el impuesto adeudado más un año de recargos y un año de intereses indemnizatorio.
Saldar mediante un pago único o un acuerdo de pago, los impuestos determinados si se acoje a esta amnistía.
Importante: Esta amnistía estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.
Solución oficial
APC .
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La amnistía fiscal establecida en la Ley 30-26 consiste en un régimen especial que permite a los contribuyentes regularizar sus obligaciones tributarias mediante el pago de los impuestos adeudados, más hasta un año de recargos moratorios e intereses indemnizatorios determinados.
Las facilidades otorgadas a quienes se acojan son las siguientes:
Importante:
Esta amnistía estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.
Base Legal: Ley 30-26, Art. 8.
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