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lunes, 27 de diciembre de 2021 19:54

Cerrado

CA4699 ¿Puedo realizar una propuesta de acuerdo de pago para saldar un impuesto?

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Solución oficial

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hace 3 años

Sí, puede realizar una propuesta de acuerdo de pago para saldar un impuesto depositando en el Centro de Asistencia Presencial de nuestra sede central o en el área de información de la Administración Local a la que pertenece, los siguientes documentos: 
 

  1. Carta de solicitud firmada (en el caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada y sellada).
  2. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del solicitante (aplica en caso de Personas Físicas).
  3. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del representante (aplica en caso de que sea un representante que realice la solicitud).

Tiempo de respuesta: 20 días laborables.


Importante:


Si se acoge la propuesta presentada por el contribuyente, debe cumplir lo siguiente:

  • No tener acuerdos de pagos incumplidos en los últimos tres (3) años, ni cuotas vencidas de otros acuerdos de pago.
  • No debe tener inconsistencias en el periodo sobre el cual está requiriendo el acuerdo de pago.
  • El tiempo máximo para otorgar acuerdos de pago es doce (12) meses incluyendo el mes de la cuota inicial.
  • El inicial del acuerdo de pago es de un 10% a un 40%.
  • En la generación del acuerdo de pago se le aplica una tasa de interés de 1.10% al monto adeudado.
  • Los acuerdos de pagos requieren de una garantía económica. Si el contribuyente no tiene bienes (inmuebles o vehículos) o el valor de sus bienes es menor al monto del acuerdo se firmará un pagaré notarial.

El acuerdo se otorgará para cualquiera de los impuestos, exceptuando: 

  • Anticipos.
  • Impuesto a la Transferencia de Bienes y Servicios (ITBIS) retenidos.
  • Tarjeta de Turista (TT1).
  • Retenciones de ITBIS por Compañías de Adquirencias (IT3).
  • Impuesto de Gestión Integral o procesamiento de Residuos Sólidos de la República Dominicana. 

Base Legal: Ley 11-92, Título I

(Editado)