Para solicitar la cesión de crédito a entidades gubernamentales debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de nuestra sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:
1. Carta de solicitud firmada (en el caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada). 2. Certificación original de la deuda en la que conste el monto adeudado por parte de la entidad gubernamental. 3. Copia de Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del solicitante (en caso de Personas Físicas) o del presidente de la empresa cedente del crédito (en caso de Personas Jurídicas). 4. Carta de autorización a terceros firmada (en el caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada). 5. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del representante (aplica en caso de que sea un representante que realice la solicitud).
Tiempo de respuesta: 20 días laborables.
Consideración importante:
La cesión de crédito debe ser para el pago parcial o total de las deudas que tiene el contribuyente con la DGII.
La cesión de crédito es el procedimiento mediante el cual una persona llamada cedente transmite a otra llamada cesionaria o cesionario (en este caso una entidad estatal) los derechos que posee sobre un crédito contra un tercero denominado deudora cedida o deudor cedido.
Base Legal: Código Civil Dominicano, Art. 1689-1701
Solución oficial
APC .
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hace 3 años
Para solicitar la cesión de crédito a entidades gubernamentales debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de nuestra sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:
1. Carta de solicitud firmada (en el caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada).
2. Certificación original de la deuda en la que conste el monto adeudado por parte de la entidad gubernamental.
3. Copia de Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del solicitante (en caso de Personas Físicas) o del presidente de la empresa cedente del crédito (en caso de Personas Jurídicas).
4. Carta de autorización a terceros firmada (en el caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada).
5. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del representante (aplica en caso de que sea un representante que realice la solicitud).
Tiempo de respuesta: 20 días laborables.
Consideración importante:
Base Legal: Código Civil Dominicano, Art. 1689-1701
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