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lunes, 27 de diciembre de 2021 19:08

Cerrado

CA4152 ¿Qué debo hacer para solicitar el Levantamiento de Inscripción de Privilegios?

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Solución oficial

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hace 3 años

Para solicitar el Levantamiento de Inscripción de Privilegios debe depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la oficina de la DGII más cercana:

  1. Carta de solicitud firmada (en el caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada).
  2. Documentos que sustenten la solicitud.
  3. Titulo o matrícula del inmueble de referencia.
  4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del solicitante.
  5. Certificación del estatus jurídico del inmueble, donde se verifiquen los datos de inmueble y el privilegio inscrito, el mismo no debe tener más de 3 meses de ser emitido. 

Tiempo de respuesta: 15 días laborables.

Consideración importante:

  • Los periodos sobre los cuales se colocó la inscripción de privilegios deben estar saldados.
  • La inscripción de privilegio es un instrumento que habilita de pleno derecho a la DGII para resguardar el crédito fiscal cuando los contribuyentes tienen deudas impositivas. A tales fines se realiza una instancia dirigida al Registro de Títulos solicitando la colocación de la oposición sobre el o los inmuebles del contribuyente. Registro de Títulos conforme mandato de ley, debe expedir a DGII un Certificado de Registro de Acreedor que en caso de incumplimiento el inmueble puede ser ejecutado como resultado de un embargo inmobiliario.

Base lega: Ley 11-92, Arts. 111, 112 y 113.