Perfil de Eliana Castillo

martes, 2 de enero de 2018 18:34

Cerrado

CA1603 ¿Qué debo hacer para solicitar un acuerdo de pago?

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Solución oficial

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hace 7 años

Para solicitar un acuerdo de pago debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de nuestra sede central o en el área de Información de la Administración Local a la que pertenece, los siguientes documentos, según sea el caso: 

Personas Físicas:

  1. Formulario Solicitud Acuerdo de Pago (FI-GECO-016), llenado y firmado por el contribuyente o por un representante autorizado a través de un poder legal.

  2. Poder o carta de autorización notariado y legalizado (aplica en caso de que sea un representante que realice la solicitud).

  3. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del contribuyente.

  4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral,de ambos lados, del representante autorizado (aplica en caso de que sea un representante que realice la solicitud). 


Personas Jurídicas:

  1. Formulario Solicitud Acuerdo de Pago (FI-GECO-016), llenado, firmado y sellado por un representante de la empresa con calidad expresa para suscribir compromisos de pago a su nombre.

  2. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del representante autorizado a realizar el acuerdo.

  3. Poder o carta de autorización notariado y legalizado (aplica en caso de que sea un apoderado que realice la solicitud).

  4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del apoderado (aplica en caso de que sea un apoderado que realice la solicitud).

Importante:

Para formalizar el acuerdo el contribuyente debe cumplir con los siguiente: 

  • No tener acuerdos de pagos incumplidos en los últimos tres (3) años, ni cuotas vencidas de otros acuerdos de pago.
  • No debe tener inconsistencias en el periodo sobre el cual está requiriendo el acuerdo de pago.
  • El tiempo máximo para otorgar acuerdos de pago es doce (12) meses incluyendo el mes de la cuota inicial.
  • El inicial del acuerdo de pago es de un 10% a un 40%.
  • Los acuerdos de pagos requieren de una garantía económica. Si el contribuyente no tiene bienes (inmuebles o vehículos) o el valor de sus bienes es menor al monto del acuerdo se firmará un pagaré notarial.
  • Los bienes (vehículos e inmuebles dados en garantía no deben tener oposiciones.

El acuerdo se otorgará para cualquiera de los impuestos, exceptuando:

  • Anticipos.
  • Impuesto a la Transferencia de Bienes y Servicios (ITBIS) retenidos.
  • Tarjeta de Turista (TT1).
  • Retenciones de ITBIS por Compañías de Adquirencias (IT3).
  • Impuesto de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos de la República Dominicana.
  • Transferencia inmobiliaria.
  • Traspaso de vehículo de motor.

Las entidades jurídicas deben traer el sello, pues es necesario sellar y firmar el contrato del acuerdo después de generado.

Para solicitudes de acuerdo de varios periodos de un mismo impuesto se podrá completar un solo formulario especificando todos los periodos.

En la generación del acuerdo de pago se le aplica una tasa de interés de 1.10% al monto adeudado.

El Centro de Asistencia Presencial (CAP) solo recibe las solicitudes de los acuerdos de pago que se procesan en la Gerencia de Cobranzas.

Se podrá solicitar acuerdos de pago para las cuotas del impuesto del Régimen Simplificado de Tributación (RST) en sus distintas modalidades.

Documentación Relacionada: POL-COBR-001.

(Editado)