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Zonas francas y materia prima
Buenos días,
Como se maneja de forma impositiva una zona franca cuya materia prima (textiles) las compra y envía el dueño y aquí como zona franca pagamos todas nuestras obligaciones y los gastos aduanales para sacar esta materia prima. Ambas empresas pertenecen al mismo dueño pero como digo, la zona franca aquí no paga por esa materia prima sino que paga la empresa en el exterior por ella. Aquí en Rep. Dom. se trabajan esas piezas y se exportan y se le cobran a la empresa en USA que manda la tela y nosotros reportamos esos ingresos.
Si alguien me puede dar base legal de que eso esta bien y que no tiene repercusiones legales, se los agradezco.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.4K Mensajes
hace 2 años
Buenas tardes, Karina. Gracias por contactarnos.
Atendiendo a su consulta, le informamos que, para obtener una respuesta objetiva a su consulta, canalice una consulta técnica en esta Dirección General, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:
Nota: El consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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