jueves, 3 de septiembre de 2026

ZONA FRANCA VENTAS LOCALES

Hola, soy una zona franca y le hare una venta local a un cliente local acogido al regimen ordinario, debo presentar una factura B16 o B01 para facturarle en cuanto el 3.5% del ISR no debo quitarselo al cliente sino debo reportarlo yo y pagarlo que dia debo reportarlo? 

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Nemesis. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que podrá conocer la manera en que deben facturar las zonas francas en sus ventas locales consultando la siguiente pregunta de esta comunidad: CA3636 ¿Cómo deben facturar las empresas de Zonas Francas cuando vendan bienes o presten servicios en el mercado local?

 

En cuanto al 3.5% que debe pagar por sus ventas locales, no se trata de un impuesto que deba cobrar al cliente, sino de un impuesto que le corresponde pagar a la empresa de zona franca, con base en sus ingresos de este tipo. Este impuesto se declara dentro de los primeros 15 días del mes siguiente al mes en que ocurren las operaciones, a través del formulario RZF-01.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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