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miércoles, 23 de octubre de 2024 18:04

Cerrado

VOY A VENDER UN PUNTO DE VENTA

Soy persona fisica y voy a vender un punto de venta (bien intangible), el comprador me pide una factura con valor fiscal.
entiendo que como soy persona fisica se debe proceder con la retencion del 10% de ISR, me interesa confirmar si esa venta debe ser gravada con itbis.,

agradecido,

Buenas tardes, Martinez. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, informamos que, para poder brindarle la asistencia requerida necesitamos que nos especifique el tipo de bien intangible que está vendiendo.

 

En ese mismo orden, el decreto 293-11 en el art. 4 literales C y D indica que la venta de bienes intangibles no se encuentran gravados con el ITBIS.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

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Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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