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Visibilidad de facturas electrónicas de compras en el portal de la DGII (plazo y confirmación automática)
Deseamos confirmar lo siguiente: cuando nuestra empresa realiza una compra a un proveedor y este emite una factura electrónica (e-CF) y la reporta a la DGII, ¿podemos visualizar esa factura automáticamente en nuestro portal DGII como comprobante recibido/compra, sin necesidad de registrarla manualmente?
En caso afirmativo, ¿cuál es el tiempo estimado en que dicha factura se refleja en el portal?
Adicionalmente, en la siguiente fase de facturación electrónica, ¿la DGII estaría reconociendo esos gastos de forma automática, de modo que las empresas ya no tendríamos que reportarlos como lo hacemos hoy?
En concreto:
¿Se eliminaría o sustituiría el reporte 606 (o pasaría a ser prellenado/automático)?
¿El ITBIS (crédito fiscal de compras) se calcularía y validaría automáticamente con las e-CF recibidas, o igual habría que declararlo/cargarlo manualmente?
Gracias,
Codealarma


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.9K Mensajes
hace 7 horas
Buenas tardes, Moises. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que las facturas electrónicas emitidas pueden ser consultadas a través de Oficina Virtual de manera inmediata por los clientes acogidos a Facturación Electrónica, con excepción de las que sean emitidas por contribuyentes autorizados a la modalidad de envío diferido, en cuyo caso, la factura informará que esta podrá ser consultada para su validez fiscal a partir de las veinticuatro (24) horas.
En cuanto al futuro de las obligaciones tributarias, con la implementación de la facturación electrónica, es la intención expresa de Impuestos Internos modernizar la manera de presentar las declaraciones a través de la erradicación del envío de formatos y el completado automático de las declaraciones. No obstante, los detalles acerca del alcance de estas mejoras no se encuentran todavía disponibles, por lo que será necesario esperar el avance de este proceso de transformación para más información.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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