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Ventas a crédito
Cuando se emite una factura de crédito fiscal, de una venta a crédito, cuando se debe realizar el pago del itbis: cuando se emite la factura o cuando el cliente realiza el pago?
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Cuando se emite una factura de crédito fiscal, de una venta a crédito, cuando se debe realizar el pago del itbis: cuando se emite la factura o cuando el cliente realiza el pago?
Solución aceptada
Solución oficial
Patricia Suriel
1.4K Mensajes
hace 4 años
Buenas tardes. Gracias por escribirnos.
La obligación tributaria de presentar y pagar el ITBIS en la transferencia de bienes nace en el momento que se emita el documento que ampare la transferencia o desde que se entregue o retire el bien, lo que suceda primero.
En la prestación y locación de servicios, la obligación nace desde la emisión de la factura o desde el momento en que se termina la prestación o desde la percepción total o parcial del precio, el que fuere anterior.
Base Legal: Reglamento 293-11, Art. 7, literal a; Ley 11-92, art. 338.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle.
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Rafael Amparo
910 Mensajes
hace 4 años
Buenas tardes, lo correcto es cuando se emite la factura de la venta a crédito. Solo cuando se emiten facuras con servicios gravados se considera aplicar la retención del mismo con el pago. Pero también debe de pagar el ITBIS desee que se genera el hecho.
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