martes, 9 de mayo de 2023 21:56

Cerrado

venta vehiculo

Quisiera saber si una madre puede vender a su hija un vehículo con un contrato simple de venta del mismo.

Gracias,

RP

Solución oficial

Buenos días, Roberto. ¡Gracias por contactarnos!

 
Para realizar el traspaso de un vehículo entre familiares directos (padre, madre, hijos y hermanos) debe depositar en la  Unidad de Servicios Personalizados de Vehículos de Motor de las Administración Local o el Centro de Transacciones de Vehículos de Motor correspondiente a la provincia donde se notario el contrato de venta, exceptuando las Administraciones Locales: Máximo Gómez, Abraham Lincoln y San Carlos*, los siguientes documentos:
  1. Contrato de venta notariado y legalizado que contenga los datos del medio fehaciente de pago utilizado, el vendedor y comprador.
  2. Matrícula original.
  3. Certificación vigente para traspaso emitida por el Plan Piloto.
  4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del comprador del vehículo o Pasaporte si es extranjero.
  5. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del vendedor del vehículo o Pasaporte si es extranjero.
  6. Poder notariado y legalizado (aplica en caso de ser un apoderado quien realice el trámite).
  7. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, de la persona autorizada (aplica en caso de que la solicitud sea mediante un contrato tripartito o un poder).
  8. Certificación de cuentas bancarias del(los) comprador(es) o adquiriente(s).
  9. Carta de trabajo del(los) comprador(es) o Declaración Jurada de Ingresos del(los) comprador(es) o adquiriente(es), legalizado por la Procuraduría General de la República.
  10. Documento de la entidad financiera que pruebe que el comprador pagó el precio de la venta del bien al vendedor.
  11. Otro(s) documento(s) que pruebe(n) la solvencia del comprador.
  12. Constancia fehaciente de pago en la cual se identifique a las partes, el concepto de la operación, la fecha, el monto y el instrumento de pago utilizado (aplica en caso de que el monto de la venta sea superior a los RD$ 500,000).
  13. Certificación en donde se detallen las informaciones vinculantes al medio de pago emitida por una entidad del mercado financiero nacional o internacional debidamente apostillada y traducida al español por intérprete judicial (aplica cuando el acto de venta no se haya establecido de manera expresa el medio de pago utilizado).

Costo del Servicio:

* 2% del valor del vehículo.
* RD$100.00 por la impresión de la matrícula.

 

Tiempo de respuesta: inmediato.

 

Consideraciones Importantes:

 

  • El traspaso debe realizarse en la misma provincia donde se notarió el contrato de venta.

  • La transferencia debe realizarse dentro de un plazo de 90 días después de realizado el contrato de venta, vencido este plazo, serán aplicados los recargos e intereses establecidos en el Art. 252 del Código Tributario.

  • Si el traspaso anterior no se ha realizado, debe pagar un doble traspaso (4%) y si el vehículo fue descargado por la Ley 492-08 no se requerirá el primer acto de venta.

  • La Administración Local San Carlos solo trabaja con solicitudes de Personas Jurídicas*.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.