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Venta de vivienda principal
Si una persona física vende su residencia permanente o vivienda familiar, es sujeta al impuesto por ganancia de capital?
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Si una persona física vende su residencia permanente o vivienda familiar, es sujeta al impuesto por ganancia de capital?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 5 meses
Buenos días, Leomar. Gracias por contactarnos.
Este impuesto debe ser pagado por las personas físicas o jurídicas que transfieran o enajenen** activos de capital sujetos a este impuesto.
En ese mismo orden, para solicitar que le determinen si hubo o no ganancia de capital, debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local a la que pertenece, los siguientes documentos según sea el caso:
Venta de Inmuebles
Carta de solicitud firmada [en caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada].
Copia del contrato de compra venta de inmueble notarizado en idioma original y en español, firmado y sellado, donde quede claramente identificada la siguiente información:
- Fecha de contrato.
- Fecha efectiva de cierre o traspaso.
- Comprador (nombre, nacionalidad, RNC si aplica).
- Vendedor(es) (nombre, nacionalidad, RNC si aplica).
Certificado del título del inmueble.
Contrato de adquisición del inmueble (contrato cuando el vendedor adquiere el inmueble).
Tasación del inmueble (si fue realizada).
Registros contables o movimiento contable de la cuenta impreso del mismo sistema contable (aplica si el inmueble tiene mejora).
Consideraciones Importantes
• Los activos de capital son todos los bienes en poder del contribuyente en conexión o no con su negocio (terreno, activos financieros, bienes intangibles, etc.).
• No se consideran activos de capital: las cuentas o notas por cobrar, inventarios adquiridos para fines de ventas a clientes y bienes depreciables o agotables.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
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Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
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Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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