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viernes, 22 de julio de 2022

Cerrado

Venta de solar

Acabo de vender un solar rural pequeño que está en mi cuenta de DGII en 120mil pesos. La venta fue de 450mil pesos.

Mi pregunta es:

Debo yo informar a DGII de esa venta ahora o a fin de año en mi IR?

Debo pagar algo? Si es asi, como lo calculo?

La preg es pq casi todo el que conozco dice que solo ha vendido sus solares y no hace ningun proceso.

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Solución oficial

Buenas tardes. Gracias por contactarnos.

 

La ganancia obtenida en la venta de un edificio, terreno o mobiliario de oficina constituye una ganancia de capital, es decir, que la venta de este activo fijo produce una ganancia de capital.

 

Para determinar la ganancia de capital se deducirá del precio de venta o valor de enajenación; el costo fiscal del respectivo bien o activo de capital.

 

Para solicitar que le determinen si hubo o no ganancia de capital debe agotar el procedimiento de este enlace:

 

‎CA1198 ¿Cuáles documentos debo depositar para que me determinen si hubo o no ganancia de capital? | Comunidad de Ayuda de la Dirección General de Impuestos Internos (dgii.gov.do)

 

La ganancia de capital debe de ser reportada en la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR), Formulario IR-1 (Personas Físicas) o IR-2 (Personas Jurídicas) y se le aplicará la tasa del Impuesto Sobre la Renta correspondiente al ejercicio fiscal declarado.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_KP3YFC8)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle.