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Venta de inmueble persona fisica a persona juridica o fisica
Buenas tardes,
Que impuestos debe pagar una persona fisica que vende un inmueble, ya sea a persona fisica o juridica?
Saludos,
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Buenas tardes,
Que impuestos debe pagar una persona fisica que vende un inmueble, ya sea a persona fisica o juridica?
Saludos,
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22K Mensajes
hace 1 año
Buenos días, Mirtha. Gracias por contactarnos.
Le informamos que en la venta de un inmueble solo se debe pagar el 3% de la transferencia inmobiliaria, ya que, en la transferencia de bienes inmuebles, tales como terrenos, fincas, casas, apartamentos y locales comerciales, en lo referente exclusivamente al terreno y a las mejoras construidas, incluyendo inmuebles por destino o naturaleza, definidos en los artículos 517 y siguientes del Código Civil no constituyen hechos gravados con el ITBIS.
En cuanto al ISR este solo es retenido en la prestación de servicios grabados con el mismo.
Consideraciones Importantes:
En los casos de venta de propiedad amueblada, la proporción que corresponda a los bienes muebles queda grabada con ITBIS y la retención de dicho impuesto, en los casos que aplique, deberá ser realizado por los negocios de único dueño o personas jurídicas.
Base Legal: Ley 11-92 (artículos 335 y 336, numeral 1); Reglamento 293-11 (artículo 4, numeral 1, literal a).
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Es un placer servirle.
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