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sábado, 25 de enero de 2025 20:18

Cerrado

VENTA DE INMUEBLE ENTRE TIO Y SOBRINOS

Quiero vender una propiedad a mis sobrinos donde mi apellido paterno es el mismo del apellido materno de ellos. En la oficina de DII cuando tú le presenta un acto de venta donde uno de los  apellidos del vendedor es igual a uno de los apellidos del comprador, se lo ponen difícil y lo quieren considerar como una donación. Que documentación debo llevar para certificar que ellos son mis sobrinos y que se trata de una venta, no de una donación.

Solución oficial

Buenos días, Rosa. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, para realizar la transferencia de un inmueble debe depositar en la Unidad de Tasación de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos, según sea el caso:

TRANSFERENCIA INMOBILIARIA ORDINARIA:

  1. Acto de transferencia original notarizado y dos (2) copias.
  2. Copia del título del inmueble o propiedad.
  3. Dos (2) copias de la Cédula de Identidad y Electoral del comprador o adquiriente, de ambos lados, (aplica en caso de Personas Físicas).
  4. Dos (2) copias de Cédula de Identidad y Electoral del vendedor o cedente, de ambos lados (aplica en caso de Personas Físicas).
  5. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral de ambos lados del representante (aplica en caso de que sea un representante que realice la solicitud).

Importante:

  • Es el procedimiento mediante el cual los contribuyentes y ciudadanos en general solicitan a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII)  mediante el pago el impuesto correspondiente que los inmuebles  adquiridos a terceros sean transferidos como parte de su patrimonio.
  • Si las partes involucradas son Personas Jurídicas deben indicar su número de RNC.  
  • En caso de que la transferencia sea entre familiares directos (padre, madre, hijos y hermanos) se requiere de manera adicional una certificación de no presunción de donación, que debe ser solicitada en la Administración Local donde corresponde el donatario o beneficiario.

Tiempo de respuesta:

  • Administraciones Locales y Gerencia de Grandes Contribuyentes: 3 días laborables.
  • Centro de Transacciones Inmobiliarias (CTI): 5 días laborables.

Costo del servicio:

  • 3% del valor del inmueble o propiedad.
  • RD$20.00 por el recibo de la Ley 33-91.

Para solicitar una certificación de no presunción de donación
debe depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local a la que pertenece, los siguientes documentos:

  1. Formulario de Solicitud de Certificaciones (FI-ADML-007), llenado y firmado.
  2. Copia del título del inmueble (aplica en caso de transferencia de inmuebles).
  3. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del(los) comprador (es).
  4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del vendedor.
  5. Copia del contrato de compraventa del inmueble (aplica en caso de transferencia de inmuebles).
  6. Documentos que demuestren la prueba del pago (recibos, cheques endosados, depósitos o retiros bancarios, estados o movimientos de cuentas bancarias, carta de trabajo, etc.)(aplica si el contrato de compraventa no es tripartito).
  7. Poder de autorización notariado (en caso de Personas Físicas) o Carta de autorización timbrada, firmada y sellada (en caso de Personas Jurídicas) [aplica en caso de que sea un apoderado o representante que realice la solicitud].
  8. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del apoderado (aplica en caso de que sea un apoderado que realice la solicitud).

Importante:

  • Esta certificación debe solicitarse cuando se requiere validar si se considerarán donaciones o ventas legítimas, la transferencia de un inmueble o la venta de acciones entre familiares directos (padre, madre, hijos y hermanos).
  • Si el contribuyente no está de acuerdo con la respuesta de la certificación, puede interponer un Recurso de Reconsideración.

Tiempo de Respuesta:
15 días laborables.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

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Mi pregunta fue, como demostrar que no somos ni  padre, madre, hijos ni hermanos., pues por tener uno de los apellidos idénticos, te dicen en la Oficina del DII, que eso cae en la categoría de Donación.

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hace 2 meses

Mi pregunta fue, como demostrar que no somos ni  padre, madre, hijos ni hermanos., pues por tener uno de los apellidos idénticos, te dicen en la Oficina del DII, que eso cae en la categoría de Donación.

Buenas tardes, Rosa. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, puede sustentarlo con su certificado de nacimientos donde se visualicen que no son los mismos padres y que usted no es la madre.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

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