Perfil de Lic David Ferreras

jueves, 5 de diciembre de 2024 13:04

VENTA DE INMUEBLE A TITULO PERSONAL

Estoy realizando una venta de mi inmueble por un valor aproximado de 200,000.00 USD, de los cuales que debo realizar ante  la DGII para poder traspasar ese inmueble, que impuesto debo pagar y cuales procesos debo realizar de igual manera en mis declaraciones personales soy asalariado.

Solución oficial

Buenos días, David. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, para realizar la transferencia de un inmueble debe depositar en la Unidad de Tasación de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:

  • Acto de transferencia original notarizado y dos (2) copias.
  • Copia del título del inmueble o propiedad.
  • Dos (2) copias de la Cédula de Identidad y Electoral del comprador o adquiriente, de ambos lados, (aplica en caso de Personas Físicas).
  • Dos (2) copias de Cédula de Identidad y Electoral del vendedor o cedente, de ambos lados (aplica en caso de Personas Físicas).
  • Copia de la Cédula de Identidad y Electoral de ambos lados del representante (aplica en caso de que sea un representante que realice la solicitud).

Importante:

  • Es el procedimiento mediante el cual los contribuyentes y ciudadanos en general solicitan a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) mediante el pago el impuesto correspondiente que los inmuebles adquiridos a terceros sean transferidos como parte de su patrimonio.
  • Si las partes involucradas son Personas Jurídicas deben indicar su número de RNC.
  • En caso de que la transferencia sea entre familiares directos (padre, madre, hijos y hermanos) se requiere de manera adicional una certificación de no presunción de donación, que debe ser solicitada en la Administración Local donde corresponde el donatario o beneficiario.

Tiempo de respuesta:

3 días laborables.

 

Costo del servicio:

 

3% del valor del inmueble o propiedad.

RD$20.00 por el recibo de la Ley 33-91.

 

Lugar y forma de pago:

 

En las entidades financieras con efectivo, cheque o transferencia.

En las Unidades de caja de las Administraciones Locales con efectivo o cheque certificado o de administración.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

Es un placer servirle.