Perfil de María Díaz

martes, 12 de marzo de 2024 17:07

Cerrado

Venta de Activo

Buenas,

Siendo yo zona franca con actividad economica call center, realizo venta de un activo a un cliente local, debo factura con NCF B01 o B16?

Solución oficial

Buenas tardes, Maria. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que cuando las empresas de zonas francas vendan bienes o presten servicios en el mercado local, deberán facturar de la siguiente manera:

  • En la venta de bienes: facturar con comprobantes fiscales para exportaciones, sin incluir el ITBIS y el ISC, ya que corresponde al comprador liquidar y pagar el ITBIS y el Impuesto Selectivo al Consumo, de acuerdo al tipo de bien.

  • En la prestación de servicios: facturar con comprobantes fiscales válido para crédito fiscal transparentando el ITBIS y el Impuesto Selectivo al Consumo, de acuerdo al tipo de bien.

Importante:

  • Las zonas francas comerciales situadas en hoteles y centros turísticos deben utilizar el comprobante de exportación cuando transfieran bienes a no residentes siempre que presenten el pasaporte y ticket aéreo que confirme la fecha efectiva de salida de territorio dominicano.

  • Las zonas francas comerciales situadas en puertos y aeropuertos deben utilizar el comprobante de exportación cuando transfieran bienes a residentes y no residentes, siempre que presenten el pasaporte y ticket aéreo que confirme la fecha efectiva de salida de territorio dominicano.

  • En el caso de transferencia de bienes al mercado local, las zonas francas comerciales, deberán utilizar comprobantes de consumo, transparentando el ITBIS.

  • Esta forma de facturación es aplicable a los diferentes tipos de zonas francas, tales como:

  • Zonas Francas de Exportación, Ley 8-90.
  • Zonas Francas Desarrollo Fronterizo, Ley 28-01.
  • Zonas Francas Cadena Textil, Ley 56-07.
  • Zonas Francas Comerciales e Industriales, Ley 43-15.

¡Su experiencia en el servicio es importante para nosotros!

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

(Editado)