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venta conjunta de equipos y licencias
Necesito una aclaración, para los casos de proyectos donde se venden tanto los equipos tecnológicos como la licencias, todo junto en el mismo contrato a un mismo proveedor, quisiera saber si las licencias van exentas de todas maneras aunque se vendan con los equipos, o si por tal motivo se facturan con ITBIS el 100% de la venta (equipos+licencias)
la consulta viene a razón, de que en ocasiones anteriores, nos han mencionado que la licencia en el caso de que se facture junto con bienes (equipos) como parte de una misma venta, pierden la exención. Necesito su asesoría al respecto.
Basamos nuestra consulta para ser precisos, en este punto del codigo ...Según el Código Tributario (Ley 11‑92) Artículo 357, numeral 6: Señala que están exentos del ITBIS los bienes intangibles, tales como derechos de autor, patentes, marcas y licencias de uso, salvo que se transfieran conjuntamente con bienes corporales.
por favor nos aclaran, para saber como proceder de la manera correcta en la facturacion.


JEURIS ROSARIO
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hace 9 minutos
Segun tengo entendido que se registra la factura enviando el gasto completo y en la licencia la casilla al no tener ITBIS se envia en 0% siempre y cuando la compra sea local en el Formato 606, en el caso de que sea del exterior/USA se utiliza el Formato 609 con retencion del 15% pero de igual manera espera que un agente de la DGII te aclare mas al respecto.
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