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VENTA APARTAMENTO A UN EXTRANJERO.
Buenas tardes,
Si una empresa jurídica le vende un apartamento a un extranjero, la empresa puede emitirle una factura con valor fiscal con el numero de pasaporte del cliente o como procede hacer el reporte de dicho ingreso?
Gracias.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.6K Mensajes
hace 1 año
Buenos días, Anabel. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su requerimiento, le informamos que, la emisión o no de un NCF en venta o adquisición de bienes amparado en actos de venta notariados va a depender de las partes involucradas y las condiciones en la que este se realice. En este sentido, le exhortamos realizar una consulta técnica vinculante, a fines de determinar si aplica la emisión de NCF en esta operación y cuál será el tratamiento aplicable a dicho ingreso.
Dicho lo anterior, a fines de realizar la consulta, deberá depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la Sede Central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:
Formulario de Solicitud de Consultas Técnicas (FI-GLEGA-004) llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).
Nota: El consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.
¡Su experiencia en el servicio es importante para nosotros!
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.6K Mensajes
hace 1 año
Buenas tardes, Anabel.
¡Gracias por confiar en nosotros y utilizar nuestros servicios!
Confirmamos que hemos recibido su consulta y estaremos dando respuesta en el menor tiempo posible.
Si tiene alguna otra consulta o requerimiento adicional, por favor no dude en contactarnos.
Es un placer servirle.
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