Perfil de Osnar paulino sanchez

miércoles, 3 de abril de 2024 21:50

Cerrado

Vender mi propiedad antes de los 5 años

Quiero vender mi apartamento, el mismo le fue aplicado el bono de primera vivienda y todavia no han pasado 5 años, que debo hacer para quitar la imposicion de venta?

Solución oficial

Buenos días, Paulino. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, debe agotar el proceso de devolución del bono. En ese mismo orden, para devolver el Bono de Vivienda de Bajo Costo debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de nuestras Administraciones Locales, los siguientes documentos:

 

Comunicación firmada por el beneficiario solicitando la determinación del monto del bono a devolver; que contenga las siguientes informaciones: nombre y cédula del o de los adquirientes, datos de la unidad habitacional y el nombre del Proyecto.

 

Copia del contrato de venta o alquiler de la vivienda. (opcional).

 

Tiempo de respuesta: 15 días laborables.

 

Importante:

 

El monto otorgado como Bono de Vivienda de Bajo Costo a devolver será prorrateado de manera lineal por cada año o fracción de año transcurrido.

 

Una vez procesada esta solicitud, se le entregará una comunicación indicando el monto a devolver, el cual debe ser desembolsado ante la Gerencia Financiera de nuestra Sede Central mediante un cheque de administración que debe contener:

 

Concepto: Devolución Bono Vivienda (Nombre del o los adquirientes).

 

Beneficiario: Dirección General de Impuestos Internos.

 

Con la recepción de los fondos, el Departamento de Fideicomiso gestionará el levantamiento de la oposición del inmueble y se le notificará al contribuyente.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.