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Vencimiento de placa de exhibicion
Buenas, quisiera saber si tiene algún tipo de multa el comenzar a hacer el proceso de la placa definitiva luego del vencimiento de la placa de exhibición.
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Buenas, quisiera saber si tiene algún tipo de multa el comenzar a hacer el proceso de la placa definitiva luego del vencimiento de la placa de exhibición.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 2 años
Buenos días, Juan. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, una vez cumplidos los 90 días de vigencia de las placas provisionales, se empezará a computar recargos por mora e intereses indemnizatorios del Impuesto ad-valorem del 17% sobre el valor CIF por concepto de la primera placa, del Impuesto por emisión del Co2 y del impuesto a la circulación de vehículos de motor (marbete) a los concesionarios, distribuidores o vendedores de vehículos de motor y remolques debidamente autorizados.
Base legal: Art. 7 de la Norma 11-21.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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