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viernes, 10 de enero de 2025 10:47

Cerrado

Vehículo embargado

Tengo un vehículo el cual fue embargado y comprado en subasta pero nunca se hizo traspaso y ahora al parecer el dueño anterior lo reportó como robado en la Dgii, que debo hacer en ese caso para levantar esa oposición ? 

Solución oficial

Buenos días, María. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, para solicitar el traspaso de un vehículo de motor por sentencia a favor de tercero (Ley 6186) debe depositar en el Centro de Servicios de Vehículos de Motor Plaza Luperón o en el Centro de Servicios de Vehículos de Motor Malecón Center, los siguientes documentos:

  1. Carta de solicitud firmada [en caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada] que indique los datos de la persona autorizada a realizar el trámite y los datos del vehículo.
  2. Sentencia original registrada por ante el Registro Civil correspondiente.
  3. Certificación de no apelación.
  4. Copia de Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del adjudicatario.

Costo del Servicio:
* 2% del valor del vehículo.
* 5% del valor de la subasta.
* RD$100.00 por la impresión de la matrícula.

Tiempo de respuesta: 05 días laborables.

Lugar y Forma de pago:
Efectivo o cheque certificado o de administración en las Unidades de Caja de la DGII.

Quienes pueden solicitar: Personas Físicas y Jurídicas.

Cuando solicitar: según necesidad.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

hace 1 mes

Y no me da ningun problema que el anterior dueño le haya puesto esa oposicion despues que le fue embargado el vehiculo ? 

Gracias María, por utilizar nuestra Comunidad de Ayuda.

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.


Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

Es un placer servirle.

Buenas tardes, María. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, si posee la sentencia con fecha anterior a la declaración del robo y toda la documentación del embargo y la subasta, no habrá ningún inconveniente.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.