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Vehículo de personas físicas
Una persona física que presta servicios jurídicos que se registró en diciembre 2024 tenía ya registrado a su nombre varios vehículos. En el primer año de declaración de IR-1 2024 no se le hizo depreciación a esos vehículos. Quiero saber si para el IR-1 2025 se les puede despreciar.
son vehiculos de año 2004 y 2011


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 6 días
Buenas tardes, Leonny. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que la misma debe ser tratada con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, por ser el área encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.
Si desea consultar el directorio de nuestras administraciones locales, puede hacerlo a través del siguiente enlace de nuestra página web: Listado de administraciones locales.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
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por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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