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Valor de adquisición y Cálculo Ganancia Capital?
Buenas tardes, DGII
Tengo una duda para el cálculo de la ganancia de capital por venta de inmueble propio. Ya que sabemos se calcula en base a la diferencia del valor de venta menos el valor de aquisición.
La duda es mi caso es cuál es el valor de adquisición que se establece para un inmueble que se adquirió por sucesión (Herencia), sería el valor establecido por la DGII en el pliego al momento del pago de los impuestos sucesorales, ya que es el único valor que tenemos conocimiento y por el cuál se iniciò nuestra propiedad.
Agradecemos de antemano su aclaración al respecto para estar claros en caso de una venta y poder cumplir adecuadamente con esta obligación.
Muchas gracias anticipadas por su acostumbrado soporte.
Atentamente,
MAHA


Oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 1 mes
Buenos días, Antonio. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, en el caso de bienes adquiridos por herencia, el costo fiscal de adquisición será el correspondiente al costo de adquisición para el causante, ajustado por inflación, según se establece en el literal b, del artículo 41, del Reglamento del Título II del Código Tributario.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
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por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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