viernes, 8 de agosto de 2025

Cerrado

uso de verifones

buenos días

Una entidad financiera cobra servicios de recargas, pagos de luz etc a través de verifones y por ese uso de verifon debe emitir una factura, se le debe gravar el ITBIS por el uso de verfione.

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Solución oficial

Buenos días, Ana. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, los servicios de cobro o recaudo de facturas de servicios, asesorías, soporte técnico, compra o arrendamiento de bienes muebles y de soluciones tecnológicas, recarga de minutos y data, donaciones, u otros similares se consideran operaciones gravadas con el ITBIS, por lo que, cuando estos sean prestados por administradores de sistemas de pago, entidades de pago electrónico, empresas de adquirencia o adquirentes, agregadores de pago y administradores de red de cajeros automáticos, se aplicarán las disposiciones establecidas en el Código Tributario, sus reglamentos de aplicación y cualquier otra normativa vigente que regule la materia.


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