lunes, 25 de agosto de 2025

Cerrado

Uso de E31 vs. E32 en casos de RNC registrados sin operaciones comerciales

Buenas tardes,

Soy emisor electrónico y necesito confirmar lo siguiente:

¿Existe la obligación de emitir un comprobante E31 a personas que únicamente cuentan con un RNC registrado (por ejemplo: propietarios de vehículos o inmuebles, empleados/asalariados, diplomáticos, cónsules, socios en participación de empresas, sucesiones u otras ocupaciones)?

O, en estos casos, ¿corresponde únicamente emitirles un comprobante E32?

Agradezco su orientación para aplicar correctamente lo establecido en la normativa.

Saludos cordiales.

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Solución aceptada

Oficial

Buenos días, Kimberly. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, en esos casos corresponde emitirle un E32 debido a que no son contribuyentes.


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Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.


Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
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