miércoles, 25 de enero de 2023

Cerrado

UNA EMPRESA QUE SU ESTATUS ESTA SUPENDIDO

UNA EMPRESA QUE TIENE UN PAGO DE ACTIVO IMPONIBLE CON MORA Y RACARGOS Y, OTRO PAGO DE ANTICIPOS CON MORA Y RECARGO, PERO, ESTA EN ESTATUS SUSPENDIDA, QUE DEBE HACER?

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Solución oficial

Buenos días, Rafael. Gracias por contactarnos.

 

En atención al caso que nos plantea, le informamos que, esta empresa debe subsanar su situación tributaria debido a que este estado se le coloca a aquellos que no presenten sus declaraciones de impuestos durante los últimos veinticuatro (24) meses ininterrumpidos, y para el caso de los impuestos no declarativos aquellos que no efectúen sus pagos en el plazo indicado anteriormente, lo que implica la imposibilidad de realizar trámites administrativos - tributarios por ante esta Dirección General.

 

Nota: Para reactivar un RNC que se encuentre en ese estado, los contribuyentes solo deben presentar las declaraciones juradas de impuestos pendientes de los últimos tres (3) años y en el caso de los impuestos no declarativos, cuando efectúen el pago (para la activación no es necesario el pago del impuesto resultante).

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.