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Un negocio que no paga impuestos puedes cobrarlo a sus clientes???
Hola tengo una pregunta aquí en jimaní existe un negocio que se llama importadora Gil Rosario Ellos tienen sus facturas con el B 02 mejor dicho B 02 19 5161 4 y en todos sus productos ellos le cobran un impuesto o sea Itbis mi inquietud es están autorizados ellos a cobrar itbis puesto a que yo estuve revisando en esta plataforma el ncf de ellos y dice registro no autorizado y aún así ellos cobran Itbid por fuera aclarenme eso por favor
Solución oficial
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hace 5 años
Que un NCF no se encuentre autorizado no quiere decir que la entidad no deba cobrarte el ITBIS en la venta de bienes o servicios gravados con dicho impuesto.
En otro orden, si deseas colocar una denuncia tributaria, te informamos que disponemos de los siguientes canales:
• Puedes remitir un correo electrónico a la cuenta denuncias@dgii.gov.do, detallando el motivo de tu denuncia y anexando los documentos correspondientes en caso de poseerlos.
• También puedes realizarla a través de la Sección de Denuncias de nuestro portal web https://dgii.gov.do/denuncias/ de forma rápida y anónima, completando el formulario que te aparecerá en pantalla y anexando los documentos correspondientes en caso de poseerlos.
• De manera presencial, puedes realizar tu denuncia en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la Sede Central, depositando los siguientes documentos:
1. Comunicación explicando el motivo de su denuncia, (en caso de depositar anexos, la comunicación debe contener el detalle de los documentos a suministrar).
2. Anexos correspondientes.
Consideraciones Importantes
En caso de que desees agregar documentación complementaria a una denuncia ya presentada, debes depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la Sede Central, los siguientes documentos:
• Comunicación que contenga el número de denuncia al que hace referencia, (en caso de depositar anexos, la comunicación debe contener el detalle de los documentos a suministrar).
• Anexos correspondientes.
Nota: recuerda que de acuerdo con nuestras Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII, todas las consultas realizadas deben ser colocadas en la categoría “Discusiones”. En ese sentido, procedimos a realizar las correcciones de lugar a tu publicación.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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