Perfil de jose rodriguez

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miércoles, 12 de febrero de 2020

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Un contibuyente que esta inscripto como persona fisica (MEDICO) cuales son sus obligaciones a presentar

Un contibuyente que esta inscripto  como persona fisica (MEDICO) cuales son sus obligaciones a presentar
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Solución oficial

4.8K Mensajes

hace 6 años

Buenas tardes. Jose. Los impuestos a pagar por cada contribuyente (sean personas físicas o jurídicas) dependen de las actividades económicas y las condiciones con las que se encuentren registrados.

En ese sentido, puedes consultar las actividades económicas, sus obligaciones tributarias correspondientes, fechas límites y tasa a pagar, siguiendo estos pasos:

1. Ingresa a www.dgii.gov.do
2. Clic en la pestaña “Servicios”.
3. Clic en “Consultas’.
4. Clic en “Actividades Económicas”.

Visualizarás las siguientes opciones:

• Consulta de la actividad económica CIIU por el nombre común: esta opción permite introducir el nombre del tipo de negocio que se está creando y el sistema sugerirá las actividades económicas relacionadas para su selección.
• Consulta de obligaciones por actividad CIIU:  aquí se muestra las obligaciones tributarias que corresponde presentar y pagar conforme con la actividad económica seleccionada del CIIU.
• Definición de obligaciones: en esta opción se encuentra la explicación, y fecha límite de declaración y pago de cada una de las obligaciones.

Para más información te recomendamos comunicarte con un oficial de control, a fin de que el mismo pueda realizar las verificaciones de lugar y brindarte la asistencia requerida.

Para conocer a cuál administración local pertenece una entidad, puedes comunicarte a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo, y sin cargos, al resto del país al 1(809)200-6060. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M. y sábados de 8:00 A.M. a 12:00 P.M.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

243 Mensajes

hace 6 años

SI ESTA EN REGIMEN ORDINARIO DEBES REPORTAR 606/607/IT-1 Y HACER LA DECLARACION JURADA ANUAL IR-1

SI ESTA EN EL REGIMEN RST NO TIENE QUE ENVIAR 606/607/IT-1 Y SOLO HACER DE LA DECLARACION JURADA ANUAL RST