YM

jueves, 26 de diciembre de 2024 16:24

Trámite de transferencia mobiliaria en virdud de la ley 45-20

Saludos, quisiera saber si la DGII ha publicado alguna norma, follero o cualquier otro documento mediante el cual se regule la aplicación de la Ley 45-20 sobre Garantías Mobiliarias, en lo relativo a inscripción de oposiciones, levantamiento de dichas oposiciones y transferencias?

Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Ygnacio. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, para interponer una oposición por garantías mobiliarias a un vehículo de motor debe depositar en las Unidades de Servicios Personalizados de Vehículos de Motor de las Administraciones Locales o los Centros de Servicios/Transacciones de Vehiculos de Motor, los siguientes documentos:

  1. Copia del contrato de garantías mobiliarias que contenga los datos del medio fehaciente de pago utilizado, vendedor y comprador.
  2. Matrícula original.
  3. Acto de alguacil o carta de solicitud de oposición que indique la persona autorizada a realizar el trámite.
  4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del propietario del vehículo o Pasaporte si es extranjero.
  5. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, de la persona autorizada a realizar el trámite o copia del carné de identificación del alguacil.
  6. Constancia fehaciente de pago en la cual se identifique a las partes, el concepto de la operación, la fecha, el monto y el instrumento de pago utilizado (aplica en caso de que el monto del pago inicial sea superior a los RD$ 500,000).
  7. Certificación en donde se detallen las informaciones vinculantes al medio de pago emitida por una entidad del mercado financiero nacional o internacional debidamente apostillada y traducida al español por intérprete judicial (aplica cuando el acto de venta no se haya establecido de manera expresa el medio de pago utilizado).
  8. Certificación de registro de la oposición en el Sistema Electrónico de Garantías Mobiliarias (SEGM) del Ministerio de Industria, Comercio y MiPymes (MICM) de acuerdo con la Ley 45-20.

Importante:

  • Es el procedimiento mediante el cual los contribuyentes que se dedican al financiamiento de vehículos solicitan la colocación de una oposición o impedimento a los vehículos que han financiado para evitar su transferencia o traspaso durante el plazo de financiación.
  • La confirmación de registro de la oposición en el SEGM sustituye el requerimiento de inscripción de los contratos de garantías mobiliarias en los Juzgados de Paz.
  • El Sistema Electrónico de Garantías Mobiliarias (SEGM) no registra los pagarés notariales, en caso de pagaré notarial debe estar registrado en el Registro Civil correspondiente.
  • Cuando la solicitud de colocación de oposición sea solicitada en los Servicios Personalizados de las Administraciones Locales de Santo Domingo por alguaciles y entidades financieras, si supera la cantidad de 10 vehículos, puede ser dirigida al Centro de Servicios de Vehículos de Motor Malecón Center o al Centro de Servicios de Vehículos de Motor Plaza Luperon.
  • En los casos donde el contrato de financiamiento incluya un poder especial donde establezca la persona autorizada a realizar el trámite ante la DGII, no es obligatorio el requisito “Acto de alguacil o carta de solicitud de oposición que indique la persona autorizada a realizar el trámite”.
  • Conforme la Ley 63-17, la Dirección General de Impuestos Internos está facultada para contactar o hacer comparecer a las partes involucradas en los trámites solicitados, así como también para rechazar aquellos que incumplan con las disposiciones definidas en las leyes vigentes.

Tiempo de respuesta:
Inmediato; no obstante, si la solicitud es vía acto de alguacil al Centro de Servicios de Vehículos de Motor Malecón Center o al Centro de Servicios de Vehículos de Motor Plaza Luperón posee un tiempo de compromiso de hasta 10 días laborables.

Costo del Servicio:
RD$100.00 por la impresión de la nueva matrícula.

Forma de pago:
Efectivo o cheque certificado o de administración.

Donde pagar:
Unidades de Caja de las Oficinas de Vehiculos de Motor.

Quienes puedan solicitar:
Acreedores.

Cuando solicitar:
Según necesidad.

 

Para solicitar el levantamiento de oposición de un vehículo de motor por venta condicional, garantías mobiliarias o intransferibilidad a favor de terceros debe depositar en las Unidades de Servicios Personalizados de Vehículos de Motor de la Administraciones Locales o los Centros de Servicios/Transacciones de Vehículos de Motor, los siguientes documentos:

  1. Carta de saldo (solo aplica para oposiciones interpuesta por personas jurídicas) o acto de alguacil.
  2. Certificación de cancelación o vencimiento de la garantía en el Sistema Electrónico de Garantías Mobiliarias (SEGM) del Ministerio de Industria, Comercio y MiPymes (MICM) de acuerdo con la Ley 45-20 (aplica en caso de venta condicional o de garantías mobiliarias).
  3. Matrícula original. 
  4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral de ambos lados del propietario del vehículo o Pasaporte si es extranjero. 
  5. Poder notariado y legalizado (aplica en caso de que un apoderado sea quien realice el trámite). 
  6. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral de ambos lados de la persona autorizada a realizar la transacción (aplica en caso de que la solicitud se realice mediante una carta) o copia del carné de identificación del alguacil (aplica en caso de que la solicitud se realice mediante acto de alguacil).
  7. Carta de autorización de la empresa timbrada, firmada y sellada, indicando la persona autorizada a realizar el trámite (aplica en caso de Personas Jurídicas).
  8. Certificación de la Superintendencia de Bancos que indique que el vehículo no tiene deuda pendiente (aplica en caso de que entidad que colocó la oposición haya sido disuelta).
  9. Constancia fehaciente de los pagos que quedaron pendientes de liquidar al momento de la suscripción del instrumento notarial inicial.

Importante:

  • Es el procedimiento mediante el cual los contribuyentes y ciudadanos, luego de concluido el financiamiento, solicitan que sea levantada la oposición o impedimento colocada a los vehículos por la entidad financiera.
  • Para realizar el levantamiento de esta oposición, es necesario que la entidad financiera haya realizado el prelevantamiento de la misma. Puede confirmar si la oposición fue pre levantada, comunicándose con el Centro de Contacto DGII proporcionando los datos del vehículo.
  • Una intransferibilidad es cuando el vehículo está financiado por alguna institución financiera y en la matrícula se coloca una oposición por “garantías inmobiliarias” o "venta condicional".
  • La solicitud de levantamiento de oposición por venta condicional, intransferibilidad a favor de tercero y de garantías inmobiliarias requerida por alguaciles y entidades financieras en los Servicios Personalizados de las Administraciones Locales de Santo Domingo, si supera la cantidad de 10 vehículos, puede ser dirigida al Centro de Servicios de Vehículos de Motor Malecón Center o al Centro de Servicios de Vehículos de Motor Plaza Luperon.
  • Las solicitudes de levantamiento de oposiciones de vehículos de motor por venta condicional, garantías inmobiliarias o intransferibilidad a favor de terceros de entidades financieras que han sido fusionadas debe depositar los documentos que sustentan la fusión de las entidades, anexando a estas la certificación de la Superintendencia de Bancos y Junta Monetaria aprobando la fusión y/o compra de cartera activa de clientes. El contrato de Cesión de Garantías debe estar endosado al nuevo adquiriente y registrado, para que el Dpto. de Vehículos de Motor pueda procesar correctamente el cambio de acreedor de garantías en el sistema.
  • En los casos de que la carta de saldo sea con firma digital, la misma solo será aceptada cuando se realice la validación con el código QR y muestre que en efecto cumple con todos los mecanismos de autenticación de la entidad financiera que interpuso la oposición.
  • Conforme la Ley 63-17, la Dirección General de Impuestos Internos está facultada para contactar o hacer comparecer a las partes involucradas en los trámites solicitados, así como también para rechazar aquellos que incumplan con las disposiciones definidas en las leyes vigentes.

Tiempo de respuesta:
Inmediato; no obstante, si la solicitud es vía acto de alguacil al Centro de Servicios de Vehículos de Motor Malecón Center o al Centro de Servicios de Vehículos de Motor Plaza Luperón posee un tiempo de compromiso de 10 días laborables.

Costo del Servicio:
• RD$100.00 por la cesación.
• RD$100.00 por la impresión de la nueva matrícula.

Forma de pago:
Efectivo o cheque certificado o de administración.

Donde pagar:
Unidades de Caja de las Oficinas de Vehiculos de Motor.

Quienes puedan solicitar:
Personas Físicas y Jurídicas.

Cuando solicitar:
Posterior al prelevantamiento de la oposición.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

hace 6 días

Muchas gracias:-

Buenos días, Ygnacio.

 

Gracias por confiar en nosotros y utilizar nuestros servicios.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.