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jueves, 11 de julio de 2019

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Tributacion por exencion o gastos IR-1

Estoy registrado como persona fisica y envio todos los meses mis gastos (formato 606). He leido que ese envio de datos es solo "informativo". Quiero saber si para fines del IR-1 (declaracion de ISR) del anio es obligatorio acogerme a la llamada "exencion tributaria" (o sea la tabla del ISR) o puedo reportar todos los gastos que ya he enviado en el formato 606 del año completo ? Dicho de otro modo, quiero saber si es opcional u obligatorio acogerme a la "exencion tributaria" como persona física ?
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hace 6 años

Buenos días, la exención contributiva anual es el monto que las Personas Físicas tienen derecho a deducir de sus ingresos anuales para determinar la renta neta gravable y la tasa del Impuesto Sobre la Renta (ISR) a pagar de un periodo determinado. Cuando los ingresos de las Personas Físicas no superan dicho monto, quedan exonerados del pago de este impuesto.

El monto de la exención contributiva para el periodo 2019 es de RD$416,220.00. El monto de la exención contributiva es ajustado anualmente de acuerdo con el índice de inflación publicado por el Banco Central.

Cuando una Persona Física hace uso de la exención contributiva, no puede deducir de la renta bruta de sus actividades de negocios, los gastos comprobados necesarios para obtener, mantener y conservar la renta gravada.

Base Legal: Ley 11-92, Art. 296, Art. 287, literal m, párrafo II (agregado por la ley 288-04, Art. 3).

¡Gracias a ti por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

hace 6 años

Si no tiene contabilidad organizada, donde registra costos y gastos, debe acogerte a la exención tributaria y seguir enviando el 606 de forma informativa y  es opcional a escoger a uno o a otro