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Tratamiento tributario de dividendos distribuidos por una EIRL a su único titular, cuando provienen de dividendos recibidos de una SRL
Pregunta sugerida para la Comunidad DGII
Asunto: Tratamiento tributario de dividendos distribuidos por una EIRL a su único titular, cuando provienen de dividendos recibidos de una SRL
Contenido de la pregunta:
Buenos días,
Agradeceré a la DGII me confirme el tratamiento tributario aplicable en el siguiente caso:
Una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) recibe dividendos de una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL), dividendos que ya han sido pagados con la retención del 10 % de ISR en la fuente por parte de la SRL (conforme lo establece el Art. 308 del Código Tributario).
Posteriormente, la EIRL transfiere dichos dividendos a su único titular.
- ¿Debe la EIRL aplicar nuevamente la retención del 10 % al momento de transferir los dividendos a su propietario, o se consideran ya exentos en virtud de haber sido gravados en la primera sociedad según el artículo 308, párrafo I?
- Debe la EIRL en sustitución de una asamblea de distribución de acciones, emitir acta de decisión del titular único,
- ¿Cuál es el procedimiento correcto para reportar estas operaciones en la declaración jurada IR-2 y en el Anexo A1 de la EIRL?
- ¿Qué documentos de soporte (por ejemplo, certificados de retención emitidos por la SRL) debe conservar la EIRL para sustentar adecuadamente estas operaciones?
Gracias anticipadas por su orientación.


Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
7.6K Mensajes
hace 3 meses
Buenas tardes, Noemi. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que:
1. No, cuando una persona jurídica recibe dividendos de una segunda, la primera debe excluir de su renta bruta la cantidad neta recibida e incluir dicha cantidad en la cuenta de dividendos creada para tales fines. De esta manera, los dividendos que distribuya, siempre que sean calculados de su cuenta de dividendos y hasta el límite de esta, no estarán sujetos a retención del ISR.
2. Sí, corresponde levantar un Acta de Decisión del Titular Único para documentar formalmente disposiciones como la distribución de utilidades.
3. Con relación al llenado de la declaración, es necesario que se comunique con el área de fiscalización.
4. Si, certificados de retención emitidos por la SRL.
Cuando la distribución de dividendos corresponda a utilidades provenientes de otras fuentes, debe realizar la retención correspondiente, conforme el Art. 308 del Código Tributario, ya que los beneficios de cualquier naturaleza recibidos por una entidad constituyen renta bruta gravada con el Impuesto Sobre la Renta, tal y como lo establece el numeral 4 del Art, 283 de la Ley 11-92 y el Art. 10 del Reglamento 50-13.
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