13 Mensajes
TRATAMIENTO FISCAL DE LOS GASTOS ADUANALES Y SERVICIOS LEGALES
Buenos dias.
Si una empresa (1) contrata los servicios legales a una empresa de abogados (2). La empresa de abogados, para realizar los servicios solicitados, subcontrata otras empresas (3), por lo tanto existen costos o gastos que la empresa (2) de abogados debera recuperar ante el cliente (1) que lo contrato. Igualmente, esto sucede con servicios aduanales.
En la practica, mi empresa, lo que solicita es, que la empresa 2 (abogados) solicite a la empresa 3 (subcontratados) que los servicios que gestionen, al final son gastos de la empresa (1), por ende exige que las facturas salgan a nombre de la empresa (1). La empresa 2 para cobrar estos gastos que realizao la empresa 3 o subcontratado, emite una factura sin NCF a la empresa 1, debido a que los soportes de dicha factura estan a nombre la empresa 1. Esta factura lleva como concepto reembolso y no se le carga ITBIS.
Favor dejarnos saber su opinion al respecto
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.5K Mensajes
hace 3 meses
Buenos días, Benito. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, en este caso, lo correcto sería que la Empresa 2 facture a la Empresa 1 incluyendo los gastos incurridos por la Empresa 3. De esta manera, la Empresa 1 pagará el monto total a la Empresa 2, quien posteriormente descontará el pago realizado a la Empresa 3 al momento de reportar sus ingresos. Este proceso permite una adecuada transparencia tanto de los ingresos como de los gastos de la Empresa 2.
Es fundamental que cada transacción esté respaldada con un Comprobante de Crédito Fiscal (NCF) válido, para que tanto los ingresos como los gastos sean debidamente registrados.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
0
0