1 Mensaje
Tratamiento fiscal de comisión pagada a empleado: ¿Se paga por nómina o proveedor informal?
Un empleado de la empresa recibió una comisión por concepto de referimiento hipotecario. ¿Este pago debe registrarse a través de la nómina o se puede gestionar mediante una factura como proveedor informal?


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 2 meses
Buenas tardes, Shanelis. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, si la comisión fue pagada por servicio prestado en relación de dependencia (empleador-empleado), la misma se reporta a través de la nómina. En caso de que el servicio se haya prestado fuera de relación de dependencia, se trate de un servicio ocasional y quien lo prestó no se encuentre registrado como contribuyente, la empresa debe emitir un comprobante de proveedor informal.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
0
0