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jueves, 4 de abril de 2024 20:47

Cerrado

TRATAMIENTO DESC.POR PRONTO PAGO A CLIENTES A CRÉDITO

Buenas tardes.

Si  doy un descuento por pronto pago a un cliente crédito. Descuento posterior a la factura, si cumple el pronto pago me paga menos por el acuerdo (o sea el descuento aplicado).

Si incluyo nota crédito con NCF en el 607, me rebaja la base del pago del ITBIS.  Como debo reportar ese descuento fiscalmente?

Solución oficial

Buenos días, Ruth. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, en caso de realizar el descuento por pronto pago dentro de los 30 días puede realizar el descuento a la base del pago del ITBIS, en ese mismo orden, si realizo el descuento a partir de los 30 días de haber nacido la obligación el ITBIS pagado no podrá ser deducido, es decir, solo se reducirá la base de la factura sin incluir el impuesto.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.