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jueves, 13 de agosto de 2026

Traspaso de motocicleta con acto de venta antiguo y pasaporte del vendedor vencido

Buenos días.

Quisiera orientación sobre un traspaso de una motocicleta que fue vendida hace varios años, pero cuyo traspaso nunca se completó ante la DGII.

La motocicleta todavía figura a nombre de la vendedora original, una ciudadana extranjera. Existe un acto de venta notariado y legalizado, firmado en 2015, mediante el cual la motocicleta fue vendida al comprador.

En el momento de firmar el acto de venta, el pasaporte de la vendedora estaba vigente. Actualmente ella reside permanentemente fuera de la República Dominicana y ese pasaporte ya está vencido. También tiene vencida su antigua cédula dominicana y no tiene previsto renovar ninguno de estos documentos.

Conservamos la matrícula original, el acto de venta notariado y legalizado y copias de los documentos de identidad utilizados en su momento.

Queremos completar el traspaso pendiente y pagar los impuestos, recargos e intereses correspondientes.

¿Es obligatorio que la vendedora tenga actualmente un pasaporte o una cédula vigente para completar este traspaso, aunque su documento de identidad estuviera vigente en la fecha en que se firmó el acto de venta?

En caso de que no sea posible realizarlo mediante el procedimiento ordinario, ¿qué procedimiento permite regularizar la propiedad del vehículo cuando el vendedor extranjero reside fuera del país y sus documentos actuales están vencidos?

Muchas gracias por su orientación.

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Theo. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, puede realizar el traspaso de vehículo de motor siguiendo los pasos a través del siguiente enlace: ‎CA197 ¿Qué necesito para traspasar un vehículo de motor, motocicleta, tráiler o remolque? | Comunidad de Ayuda de la Dirección General de Impuestos Internos.

 

El traspaso de los derechos de propiedad de un vehículo de motor o remolque debe ser solicitado dentro de un plazo de noventa (90) días laborables, contados a partir de la firma del acto traslativo de propiedad o cualquier acto jurídico que afecte la condición del vehículo.

Si se excede este plazo, se aplicarán los recargos e intereses establecidos en los artículos 26, 27 y 252 del Código Tributario.

 

 Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

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@Comunidad de Ayuda DGII 7​ Gracias por su respuesta. Solo quisiera confirmar un punto específico antes de realizar el trámite: ¿se puede presentar para este traspaso la copia del pasaporte de la vendedora que estaba vigente cuando se firmó el acto de venta en 2015, aunque actualmente esté vencido? La matrícula está registrada con su antigua cédula dominicana, que también está vencida. Ambos documentos pertenecen a la misma persona.

Buenas tardes, Theo. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, debe presentar la copia del pasaporte que en su momento se realizó la venta.

 

Ahora bien, el comprador debe presentar la copia de la cédula antigua y la vigente.

 

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Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

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@Comunidad de Ayuda DGII 7​ Muchas gracias. Entendido respecto a la vendedora.

Solo quisiera aclarar el requisito del comprador. En el acto de venta de 2015, el comprador, también es extranjero y fue identificado mediante su pasaporte, no mediante una cédula dominicana.

En este caso, ¿qué documentos de identidad debe presentar el comprador?

¿Debe presentar copia del pasaporte utilizado en el acto de venta de 2015 y copia de su pasaporte vigente?

Gracias nuevamente.

Buenas tardes, Theo. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su caso, le informamos que, el comprador para realizar el traspaso debe presentar la copia del pasaporte vencido y el vigente.

 

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Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

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por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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Buenos días, Theo. ¡Gracias por contactarnos!

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.

 

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Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

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